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Hipoteca: cuándo puede cambiar el escenario
Una resolución publicada en 2026 ha aclarado un supuesto concursal muy concreto sobre la venta de una parte indivisa de una vivienda hipotecada.

Qué resolvió la Dirección General
La resolución de 27 de noviembre de 2025, publicada en el BOE el 12 de marzo de 2026, analizó la venta concursal de una mitad indivisa de un inmueble, conforme a un plan de liquidación aprobado judicialmente.
En ese caso, se admitió que la mitad transmitida en la subasta concursal quedara libre de la hipoteca, que continuó sobre la otra mitad, con los efectos económicos fijados en el procedimiento.
No significa que la hipoteca se divida siempre
La hipoteca suele ser indivisible. Esta resolución no permite, por sí sola, separar cualquier préstamo en dos mitades ni cancelar libremente la carga. El resultado dependió de una venta concursal concreta, del plan aprobado y de cómo se aplicó el precio obtenido.
¿Puede servirte?
Solo tras revisar la escritura, la titularidad, el procedimiento y la fase en que se encuentra la ejecución o el concurso. Estudiamos si hay una vía aplicable y qué riesgos tendría antes de recomendarla.
Resolución DGSJFP de 27 de noviembre de 2025, BOE-A-2026-5797. Cada situación debe analizarse de forma individual.
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